Poner a un hijo como cotitular en la cuenta del padre o de la madre es un gesto muy habitual para echarles una mano con los recibos o las compras. Sin embargo, tener cuentas bancarias compartidas suele hacerse sin saber que la ley distingue claramente entre quién puede mover el dinero y de quién es realmente.
Tanto el Tribunal Supremo como la Dirección General de Tributos lo dejan claro: ser cotitular sólo te da permiso para operar en la ventanilla o en la app, no te convierte en dueño de los fondos. El quebradero de cabeza con Hacienda llega cuando el hijo empieza a usar esos fondos para sus propios gastos personales (como pagar su coche o la hipoteca), o en el momento que el titular fallece.
Si el hijo gasta los ahorros de sus padres en su propio beneficio, Hacienda entenderá que ha habido un regalo o donación no declarada y reclamará el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones con su correspondiente sanción. Y si el padre o la madre fallece, ese dinero no pasa a ser del hijo automáticamente por estar en la cuenta: entra de lleno en la herencia y se bloquea de forma cautelar, por lo que sacarlo sin tramitar antes los papeles legales puede acarrear graves problemas con la Administración. Por eso, la opción más sencilla para ayudar en el día a día sin llevarse sustos es figurar simplemente como persona autorizada.